Preguntas frecuentes – Registro sujeto obligado


1. ¿Quiénes deben de registrarse ante UIF?

Respuesta: Deben de registrarse:

  1. los sujetos obligados,
  2. los oficiales de cumplimiento titulares y suplentes,
  3. los encargados de cumplimiento titulares y suplentes.

2. ¿Quién debe iniciar el proceso de registro ante la UIF?

Respuesta:

  1. El sujeto obligado si es persona natural
  2. El representante legal si es persona jurídica

3. ¿Cuál es el procedimiento para el registro de un sujeto obligado ante la UIF?

Respuesta:

  1. Ingrese a la dirección electrónica: www.uif.gob.sv.
  2. Luego ingrese a la pestaña “registro de sujetos obligados”
  3. Descargue el formulario de registro de sujeto obligado para familiarizarse con los requerimientos que le hará el sistema.
  4. Consulte la guía de registro de sujeto obligado, que le mostrará los pasos que debe de seguir en el sistema.
  5. Deberá completar los formularios electrónicos que se encuentran disponibles en dicho sistema (formulario de información del sujeto obligado y declaración jurada).
  6. Posteriormente recibirá en el correo electrónico registrado un usuario y contraseña que le permitirá ingresar al portal de la UIF: portal.uif.gob.sv
  7. Ingresar al portal UIF, y completar la información para registrar al oficial/encargado de cumplimiento titular y suplente, o encargado de cumplimiento titular o suplente.
  8. Cargar la documentación con la cual se da cumplimiento al Art. 7 del Instructivo para la Prevención, Detección y Control del LDA/FT/FPADM.

4. ¿Cuál es la documentación que se debe de cargar en el sistema de registro de sujetos obligados para completar el proceso, relacionada con el Art. 7 del del Instructivo para la Prevención, Detección y Control del LDA/FT/FPADM?

Respuesta:

  1. Certificación del punto de acta de la junta directiva u órgano que corresponda, donde se crea una unidad de cumplimiento.
  2. Certificación del punto de acta de la junta directiva donde se designa al oficial de cumplimiento titular y suplente, encargado de cumplimiento titular y suplente.
  3. Manual de cumplimiento para la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
  4. El plan de trabajo de la unidad de cumplimiento.
  5. El programa de capacitación constante de todo su personal.
  6. Documento explicativo sobre la existencia del sistema de carácter informático o automatizado para efectuar análisis de riesgo de forma oportuna y eficaz.
  7. El plan de auditoría.

5. ¿Cuál es el procedimiento para el registro de los abogados, notarios, contadores y auditores ante la UIF?

Respuesta:

  1. Ingrese a la dirección electrónica: www.uif.gob.sv.
  2. Ingrese a la pestaña “registro de sujetos obligados”
  3. Consulte la guía de registro de sujeto obligado, que le mostrará los pasos que debe de seguir en el sistema.
  4. Al ingresar al sistema de registro de sujetos obligados, en la pestaña denominada categorización del sujeto obligado, deberá seleccionar el área o categoría aplicable: abogado, notario, contador o auditor.
  5. Completar el formulario electrónico correspondiente al rubro seleccionado
  6. Posteriormente recibirá en el correo electrónico registrado un usuario y contraseña que le permitirá ingresar al portal de la UIF: portal.uif.gob.sv  , estas credenciales le servirán para ingresar por primera vez, luego le pedirá actualizar la información.

MARCO LEGAL DE PREVENCION DE LA/FT/FPADM



CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
DOCTRINA GAFI